Registro de Nacimiento - Embajada de Venezuela en Uruguay

Embajada de Venezuela en Uruguay

Registro de Nacimiento

El registro de nacimiento es el trámite referente al registro de un niño o niña nacido en el exterior, de padre y/o madre venezolanos por nacimiento o naturalización.

Es obligatoria la declaración del nacimiento, en el orden siguiente:

1.El padre o la madre

2.Los parientes consanguíneos hasta el cuarto grado

3.Cualquier persona mayor de edad, bajo cuya representación o responsabilidad debidamente acreditada conforme a la legislación del país de domicilio, se encuentre el niño o niña

Requisitos:

  • Un (1) ejemplar original y dos (2) copias simples del acta o certificado de nacimiento emitido por autoridad local competente del país donde ocurrió el nacimiento, debidamente apostillada o legalizada y traducida por intérprete público legal, si fuere el caso
  • Original de la Declaración de Voluntad de Acogerse a la Nacionalidad Venezolana, si fuere el caso, emitida por el Consulado/Embajada
  • Original y tres (3) copias simples del pasaporte de los padres venezolanos
  • Tres (3) copias simples del acta de nacimiento de los padres venezolanos por nacimiento o indicación expresa de los datos de registro del acta: Oficina o Unidad de Registro Civil, número y fecha del Acta, cuando la inscripción se realice en virtud del artículo 32 numeral 2 o 3
  • Tres (3) copias simples de la Gaceta Oficial o Certificado de Naturalización, si fuere el caso
  • Original y tres (3) copias simples del documento de identidad del padre o madre extranjera, si fuera el caso
  • Original y tres (3) copias simples del documento de identidad de dos testigos

Requisitos adicionales para casos especiales:

  • Padre menor de 14 años de edad
  • Autorización del padre o la madre, debidamente apostillada o legalizada y traducida al idioma castellano por intérprete público, si fuere el caso

Declarante mandatario:

  • Poder autenticado por ante la autoridad venezolana o extranjera debidamente apostillado o legalizado y traducido al idioma castellano por intérprete público, si fuere el caso. Deberá hacerse mención del referido poder en el acta
  • Documento de identidad del mandatario especial

Nota: Este trámite es gratuito.